Buenos Aires, Miércoles 30 de Julio de 2003
Señor Director:
«Tengo el agrado de dirigirme a usted, en mi carácter de presidente de la Sociedad Latinoamericana de Genética Forense ( www.slagf.org ), a fin de remitirle mis puntos de vista con relación a la posibilidad de «manipular» o «adulterar» los estudios genéticos en la causa García Belsunce, de acuerdo con escuchas de comunicaciones telefónicas entre los involucrados y su perito de parte, difundidas recientemente.
«Como expongo en un trabajo de mi autoría, recientemente publicado en Alemania («Are DNA tests infallible?». «Progress in Forensic Genetics», V. 9: 873-877, Elsevier Science, 2003), desde sus inicios los estudios de ADN estuvieron rodeados de un aura de infalibilidad que no estaba de acuerdo con la condición humana de quienes realizaban esos estudios. Esta situación se mantiene aún hoy en los estrados judiciales.
«Debido al gran potencial individualizador, y a la facilidad con la cual los resultados pueden ser alterados por falta de cuidado o inescrupulosidad, deben extremarse las precauciones en la cadena de custodia de las muestras y en su procesamiento dentro del laboratorio.
«No puede permitirse, bajo ningún punto de vista, que los imputados accedan a las evidencias que está analizando el perito oficial. En la causa de marras, por ejemplo, se dijo que los imputados aportaron los reactivos para el análisis, con lo cual estaríamos ante un hecho inaudito, ya que unos reactivos contaminados con ADN externo modificarían completamente los resultados de las evidencias, destruyendo las pruebas irrepetibles (ej.: pelos). Para entender esta situación no es necesario conocer sobre ADN, basta con algo de sentido común.
«Otra cuestión, que se desprende de la información periodística, es el supuesto «derecho» de los peritos de parte a alterar los resultados de un estudio y la creencia de que el señor juez podrá luego valorar quién tiene razón, cuando «el perito de parte no coincide con el oficial». Esto no siempre es así cuando se trata de análisis de ADN, por cuanto se requiere un profundo conocimiento de la materia para llevar a cabo tal valoración, si bien es cierto que el magistrado interviniente puede nombrar otros peritos si no observa coincidencia.
«Pero, además de lo dicho, no debe perderse de vista que si cualquiera de los peritos, sean de parte u oficiales, alterara intencionalmente una prueba, estaría cometiendo un delito. Si la alteración se debió a un error, podría considerarse «negligencia», lo cual también constituye una falta punible.
«Entonces, de ningún modo puede aceptarse como «natural» o «razonable» que dos estudios de ADN sobre la misma muestra, arrojen como resultado diferentes patrones genéticos, salvo casos muy excepcionales de mezclas de fluidos biológicos, que pueden explicarse científicamente.
«En nuestra Sociedad Latinoamericana de Genética Forense hemos recibido varias denuncias de casos judiciales en los cuales los laboratorios intervinientes informaron resultados incorrectos, por error o intencionalidad, situaciones que estamos analizando con fines únicamente científicos, a los efectos de emitir un reporte para evitar o minimizar la posibilidad de reiteración de esos hechos.»
Dr. Gustavo A. Penacino
Presidente SLAGF
Sociedad Latinoamericana de Genética Forense – Don Carlos 2939, Oficina 208 – Comuna Las Condes, Santiago de Chile.